El Senado de la República
Dominicana, en su interés de garantizar la transparencia y la participación
de los dominicanos y las dominicanas en la construcción de un destino más
próspero, abre sus puertas a la ciudadanía a través de la Oficina de Libre
Acceso a la Información Pública OAI.
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Propósito General |
Dar cumplimiento a la Ley de
Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04 y al Reglamento sobre su
aplicación No.130-05, con el objetivo de que las disposiciones establecidas
tengan plena vigencia en la práctica legislativa, parlamentaria y
administrativa del Senado. |
Objetivos
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Información que puede solicitar en el Senado |
Todos los ciudadanos dominicanos pueden
solicitar información de carácter legislativo, administrativo, financiero y
cualquier otro aspecto establecido en la ley, contenida en documentos
escritos, digitales o en cualquier otro formato que haya surgido como
consecuencia de su labor en el desempeño de sus funciones. |
Excepciones |
La Oficina de Acceso a la Información no
ofrecerá ninguna información que afecte:
-
La Seguridad nacional o individual (las
averiguaciones de carácter penal).
-
El orden público.
-
La salud o la moral pública.
-
El derecho a la privacidad e intimidad de las
personas.
-
El derecho a la reputación de los demás.
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Limitaciones
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La Ley No. 200-04 establece dos tipos de
limitaciones al acceso a la información, atendiendo a:
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Sanciones |
El funcionario público que niegue o que impida
el acceso a la información solicitada, podrá ser sancionado con prisión de
seis meses a dos años, así como con la imposibilidad de ocupar un cargo
público por cinco años. |
¿Qué hacer para obtener información? |
Prepare la solicitud que contenga:
-
Prepare una solicitud dirigida a la autoridad
máxima de la institución (Presidente del Senado).
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Incluya en su solicitud los siguientes datos:
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Nombre completo y calidad de la persona que realiza la gestión
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Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que requiere
-
Identificación de la autoridad pública que posee la información.
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Razones por las cuales requiere los datos e informaciones.
-
Forma y lugar para recibir la información.
-
Deposite su solicitud en la OAI-Senado.
-
Déle seguimiento a su solicitud, vía telefónica,
personal o por correo electrónico.
-
Exija el cumplimiento de su derecho a obtener la
información.
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El Senado de la República garantiza el fiel
cumplimiento de la Ley No. 200-04 y el precepto constitucional que expresa:
“el derecho a la información es un derecho fundamental del individuo”. |
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